Divertidas y ligeras lecturas para el fin de semana

06/03/2005 - 00:59 por anonymuss | Informe spam
Divertidas y ligeras lecturas para el fin de semana
David Bravo Bueno, 05/03/2005 (10:49).
http://www.hispamp3.com/noticias/no...hp?noticia 050305104939





David Bravo recopila para el fin de semana unos interesantes recortes
jurídicos.

ÁMBITO PENAL. Ánimo de lucro

Artículo 270.1: "Será castigado con la pena de prisión de seis meses a
dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en
perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique
públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o
científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística
fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier
medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes
derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios".

Código Penal



“El art. 270 recoge un amplio catálogo de conductas y de objetos
protegidos, exigiendo, en primer lugar, el ánimo de lucro, lo que
permite descartar los supuestos de bagatela, que integran una
cuantiosa cifra negra que probablemente el mercado debe asumir como
inevitable […] pero que no debe serlo si el responsable persigue su
lucro y el perjuicio de un tercero”

El Código Penal de 1995 y la voluntad del legislador



“Es indudable que el usuario de Internet puede realizar copias de
todas aquellas obras artísticas que la red le ofrezca, además, por
supuesto, de disfrutar de su audición o de su lectura. Nada de
particular sucede que no suceda también con otros casos de copias,
fotocopias o grabaciones para uso particular, sin ánimo de lucro y sin
propósito de ulterior difusión (art. 31.2 LPI).

Queda, claro está, el perjuicio para los creadores y demás titulares
de derechos de propiedad intelectual, especialmente cuando no hubieran
autorizado que su obra fuera difundida a través de la red de Internet.
Ese problema alcanza proporciones gigantescas cuando la obra es objeto
de copias masivas y ante esas situaciones es muy poco lo que podrá
hacer el Derecho penal que verá limitada su acción a los casos de
copia y difusión comercial no autorizada”.

Internet y Derecho Penal. Director: Juan José López Ortega (Magistrado
de la Audiencia Nacional)



"La solución interpretativa pasa por el elemento del fin de lucro que
se exige en la conducta punible, conforme al cual el autor debe
perseguir un enriquecimiento patrimonial en dinero”

PICA. “Diritto penale delle Technologie informatiche”



ÁMBITO CIVIL. Copia privada


Art. 31.2 LPI: "Las obras ya divulgadas podrán reproducirse sin
autorización del autor y sin perjuicio en lo pertinente, de lo
dispuesto en el artículo 34 de esta Ley, en los siguientes casos:
[...] Para uso privado del copista, sin perjuicio de lo dispuesto en
los artículos 25 y 99.a) de esta Ley, y siempre que la copia no sea
objeto de utilización colectiva ni lucrativa".

Ley de la Propiedad Intelectual



“Nos encontramos con la cuestión más relevante, es decir, determinar
el régimen jurídico de lo que generalmente se conoce como copia
privada digital, esto es, las distintas reproducciones que los
usuarios hacen cuando reciben una obra en formato digital vía Internet

[...]

“Lo que ahora nos planteamos es si cuando un usuario ha recibido una
obra a través de Internet, puede reproducirla fuera de línea […] para
su uso privado al amparo del art. 31.2 del TRLPI. En principio y
acudiendo a una interpretación literal del precepto, esto es así,
siempre que la obra se encuentro divulgada (y como ya se ha dicho toda
obra que se pone en Internet se ha divulgado), sea para uso privado
del copista y la reproducción no sea objeto de utilización colectiva
ni lucrativa, es decir, que queden dentro de la esfera del propio
usuario y sus allegados más próximos”.

El Derecho de Autor en Internet

ENLACES RELACIONADOS
En la Bitácora de David Bravo.
http://www.filmica.com/david_bravo/...01240.html
 

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#1 El Nazgûl
06/03/2005 - 08:56 | Informe spam
???????????????????????????????????????????????????????????????????????

"Nunca me fío de gente que no sabe escribir su nombre"

Salu2 desde Utumno
El Nazgûl ;-)

Neither life, nor dead.
There is neither life, nor dead in this void

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